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Por Rocío García Olmedo     @rgolmedo

 

En la agenda pública, un tema que en este año deberá atenderse de manera transversal derivado justamente de los hechos acontecidos durante el proceso electoral del 2016, es la violencia política  en razón de género.

Este flagelo que sufrimos las mujeres, es una forma de discriminación que encuentra origen en las relaciones de poder históricamente desiguales, que ubica a las mujeres en el ámbito de lo privado y no en el público donde se toman las decisiones, lo cual genera resistencias de diversos tipos a aceptar la participación activa de las mujeres en la política.

Como todas/os sabemos, los partidos políticos están obligados a postular a mujeres y hombres a efecto de cumplir con el Principio Constitucional de Paridad, que por primera vez se aplicará en el estado de Puebla.

Esto implica postular 109 mujeres y 108 hombres para las Presidencias Municipales; igual número de mujeres y hombres para las Diputaciones Locales por mayoría relativa, considerando que en las postulaciones de mujeres como propietarias, las suplentes deberán ser también mujeres; que en las planillas de Regidores/as se incluya también este Principio; así como una/uno en la Lista de Representación Proporcional; y para el Partido Revolucionario Institucional (PRI)  además, cumplir con la obligación estatutaria de postular  1 de cada 3 personas menores de 35 años.

Por ello la importancia de entender con claridad qué es la violencia contra las mujeres en razón de género y saber diferenciarla porque no toda violencia que se ejerce contra una mujer tiene como motivación una cuestión de género.

La edición 2017, del Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género, señala que “los ataques hacia las mujeres por ser mujeres tienen como trasfondo su descalificación, una desconfianza sistemática e indiferenciada hacia su capacidad y posibilidades de hacer un buen  trabajo o ganar una elección” (Pp.43),

Si bien en la lucha política, tanto hombres como mujeres nos enfrentamos a situaciones de conflicto y violencia; en las mujeres está presente en todo momento, un  prejuicio básico -estereotipo- que erróneamente pretende seguir determinando, que las mujeres pertenecen a la vida privada-doméstica, y como la política se desarrolla en el espacio de lo público que ha sido predominantemente masculino; se presenta para algunas personas, la intención de “castigar” a las mujeres por “desafiar” el orden de género y querer ocupar un lugar que desde la lógica de lo patriarcal, no le es propio.

De ahí que para enfrentar ésta grave problemática se han construido una serie de acciones que garanticen la efectiva protección de los derechos político-electorales de las mujeres, y por fortuna actualmente, múltiples instancias, organismos y autoridades del Poder Ejecutivo Judicial y organismos autónomos son los encargados de garantizar, desde la construcción de procesos legales e institucionales para su atención y canalización, hasta la solución a los casos relacionados con este flagelo.

El INE y los O´Ples; la Fiscalía Especializada para Atención de Delitos Electorales (FEPADE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), son instituciones con facultades, atribuciones y responsabilidades estrictamente electorales, que interactúan con otras autoridades como la Secretaría de Gobernación a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas; el Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; como instancias nacionales que cuentan con reglas de actuación y procedimientos de acompañamiento, asesoría y apoyo institucional para atender, intervenir y para encauzar los procesos de atención a los casos de violencia política contra las mujeres por razón de género.

Puebla cuenta con un Protocolo en esta materia que se presentó en 2017, que de hecho, se aplicará por primera vez en este proceso electoral, por ello la importancia de que todas y todos nos apropiemos de estas herramientas y las instituciones del Estado poblano responsables de su correcta ejecución adopten sus medidas y hayan avanzado en la construcción de rutas críticas de atención para las mujeres que sean víctimas de esta modalidad de violencia en su contra.

rociog51@hotmail.com

Palabra de Mujer Atlixco

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