Congreso de Puebla, aprueba reforma al Poder Judicial, prohíbe la reelección del presidente del TSJ

Por Claudia García Polo @claudiagpolo

El Congreso de Puebla, aprobó por unanimidad de votos la reforma al Poder Judicial, enviada por el gobernador Miguel Barbosa que incluye la paridad de género en la designación de jueces y magistrados, pero prohíbe la reelección del presidente del Tribunal Superior de Justicia.

En la sesión de este jueves las y los diputados de todas las bancadas aprobaron modificaciones a la Constitución Política del estado de Puebla a los artículos 12,37, 57, 61, 86, 87, 88, 90, 91 y 94.

En su intervención el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política Sergio Salomón Céspedes Peregrina, destacó que el espíritu de la reforma avalada es fortalecer la impartición de justicia en el Poder Judicial de Puebla.

Se crea la Sala Constitucional que estará integrada por cinco magistrados que estará adscrita al Poder Judicial, pero será independiente del Tribunal Superior de Justicia.

EL PERIODO MÁXIMO PARA OCUPAR EL CARGO DE MAGISTRADO O MAGISTRADA SERÁ DE 15 AÑOS

Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia, de la Sala Constitucional y del Tribunal de Justicia Administrativa durarán en el cargo un máximo de 15 años y no se podrá prorrogar su periodo.

El Consejo de la Judicatura contará con una Escuela de Formación Judicial y el Instituto de Defensoría Pública que dependía del Poder Ejecutivo pasará al Poder Judicial.

En una sesión anterior en comisiones las y los legisladores aprobaron realizar más de 10 modificaciones a la iniciativa original, los cambios fueron propuestos por legisladores del PRI, PAN y MORENA.

Entre los cambios realizados a la iniciativa original que envió el gobernador Miguel Barbosa, destacan que los magistrados no podrán ser removidos del cargo por una petición ciudadana y corresponderá al Consejo de la Judicatura dictaminar si hay elementos o no para la remoción.

De acuerdo a la modificación cuando los integrantes del Consejo de la Judicatura turnen el caso al Poder Legislativo serán las y los diputados quienes determinen la sanción que corresponda dependiendo de la gravedad del caso, para así definir si procede o no la destitución.

Otra de las modificaciones es que se respetará la autonomía del Tribunal Superior de Justicia Administrativa (TSJA), sus resoluciones serán definitivas sin que otro órgano de justicia las valide.

En la integración del Consejo de la Judicatura, el pleno del Tribunal Superior de Justicia, el Tribunal de Justicia Administrativa y la Sala Constitucional se deberá garantizar la paridad de género entre magistrados, magistradas y jueces.

La Sala Constitucional, tendrá facultades para resolver y ejercer «acciones de inconstitucionalidad» contra actos de alguna autoridad municipal en los 217 ayuntamientos que promuevan los alcaldes o el 33 por ciento de los Cabildos cuando sean contrarias a la Constitución local.

Para promover una controversia constitucional, se reduce el porcentaje de firmas del uno al 0.5 por ciento del listado nominal. De acuerdo al listado nominal del estado de Puebla que asciende a 4 millones 703 mil 681 electores, se requerirán de un mínimo de 23 mil 518 firmas para iniciar un proceso.

Se mantiene la revisión del padrón de trabajadores del Poder Judicial. Los funcionarios tendrán que aclarar y resolver en un plazo no mayor a 180 días algún conflicto de interés, para determinar algún tipo de responsabilidad administrativa.

Otra de las propuestas avaladas es reducir de tres meses a 30 días el plazo máximo para nombrar a magistrados de la Sala Constitucional.

También se propuso que en caso de que la propuesta para nombrar magistrados no reúna la mayoría calificada el gobernador enviará un nuevo acuerdo y de no ser aprobado en un plazo de 30 días. El gobernador hará directamente el nombramiento, como ocurre a nivel federal con la designación de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

REDACCIÓN

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