
Serán públicos los nombres de quién no cumpla con la pensión alimenticia
Por Claudia García Polo @claudiagpolo
Quien aparezca como deudor alimenticio no podrá ser candidato en 2024
Este lunes 8 de mayo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias con lo que se instituye el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA).
En México a partir de este mates 9 de mayo entró en vigor este decreto por lo que a los deudores alimentarios que se encuentren registrados en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, quedarán impedidos para ser candidatos en los comicios del 2024, no podrán realizar trámites administrativos como obtener la licencia para conducir, el pasaporte y por lo tanto no podrán salir del país.
Quienes aparezca en el registro como deudor alimentario tampoco podrán aspirar a cargos de jueces, magistrados locales o federales, incluso no podrán llevar a cabo trámites ante notarios públicos relacionados con la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos legales.
La reforma aprobada por unanimidad el pasado mes de marzo, establece que el registro deberá actualizarse mensualmente y las Procuradurías de Protección de niñas, niños y adolescentes de todas las entidades del país podrán tener acceso al registro.
El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias tiene el propósito de «dar una efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes».
«El deudor alimentario deberá informar, en un máximo de quince días hábiles al acreedor alimentario, al Juez o a la autoridad responsable del fuero local cualquier cambio en su empleo, la ubicación de este y el puesto o cargo que desempeñará con el objetivo de que se actualice la pensión alimenticia decretada», se lee en el artículo 135 Ter.
El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, expedirá certificados de no inscripción gratuitos, para aquellos interesados que lo requieran para realizar los trámites administrativos que se les impedirán a los deudores alimentarios.
Además, si pretenden contraer matrimonio por la vía civil, tendrán que demostrar ante el juez del Registro Civil que no son deudores alimentarios.