Por Claudia García Polo @claudiagpolo
Con 35 votos a favor y tres abstenciones del PAN, por mayoría las y los diputados aprobaron las iniciativas propuesta por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, para sancionar hasta con 10 años de cárcel la instalación de espectaculares en áreas verdes o que no cuenten con permisos y se coloquen de manera irregular. En la sesión se avaló expedir la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva, que busca regular el ruido y la publicidad en la vía pública.
Durante la sesión ordinaria de Pleno este jueves 16, las y los congresistas, avalaron reformas al Código Penal del Estado para castigar con 2 y hasta 10 años de prisión a las personas que ocasionen un daño ambiental o desequilibrio ecológico con la instalación de vallas publicitarias, las multas van de 2 mil 886 hasta un millón 924 mil pesos.
Previo a la aprobación de este nuevo marco legal, el pasado lunes se realizaron mesas de trabajo en las que participaron diputadas y diputados de las comisiones de Medio Ambiental y Procuración y Administración de Justicia y la secretaria Beatriz Manrique Guevara titular de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, así como el Consejero Jurídico del gobierno estatal Carlos Palafox Galeana.
La reforma en materia ambiental propuesta por el gobernador Miguel Barbosa, incluye sancionar a quien corte, pode o tale uno o más árboles para realizar la construcción, instalaciones o colocación de estructuras para anuncios o publicidad.
Los anuncios publicitarios no podrán instalarse en azoteas de inmuebles públicos o privados, en zonas de valor histórico, cultural o artístico que estén suspendidas en el aire, también estará prohibida en postes, semáforos y demás infraestructura urbana para no dar una mala imagen, evitar la contaminación visual y prevenir riesgos para la población.
También se sancionará a quien solicite la construcción de estructuras anuncios en áreas verdes urbanas, de jurisdicción estatal o municipal, o que no cuenten con la licencia, permiso o autorización de la autoridad competente.
El nuevo ordenamiento legal determina que las licencias de funcionamiento para instalar un anuncio publicitario serán ante la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial en un periodo de 90 días previó a la colocación y esta dependencia tendrá facultades para vigilar que los lineamientos se cumplan o de lo contrario se aplicarán las sanciones.
Los ayuntamientos tendrán un plazo de 90 días para adecuar los reglamentos municipales y serán los responsables de regular y vigilar la Información publicitaria, ya que está prohibido que en la publicidad se exhiban estereotipos con contenido sexistas, se degrade a las mujeres, niñas, niños y adolescentes o grupos vulnerables.
SE REGULARÁ LA CONTAMINACIÓN AUDITIVA
La iniciativa aprobada por el Congreso del Puebla, incluye regular y sancionar el ruido, se contemplan arrestos desde arrestos por 36 horas hasta multas que van desde las 3 mil Unidades de Medida (UMAS) que equivalen a los 481 mil 100 pesos.
La reforma indica que corresponderá a los ayuntamientos vigilar que no se excedan los decibeles, permitidos para quienes organicen bailes en la vía pública o en lugares cerrados, bares, restaurantes, discotecas, salones de fiesta y bailes populares conocidos como «sonideros».
El nuevo marco legal incluye que habrá sanciones para los propietarios de giros comerciales que cometan contaminación por ruido, se les aplicarán multas y podrían perder hasta la licencia de funcionamiento.
La nueva normatividad incluye la publicidad móvil, a los automovilistas que cuando el sonido del estéreo se escuche fuera de los vehículos o cuando usen bocinas o tonos de timbres prohibidos.